La CNMV recomienda ESRS para los informes de 2026 y mantiene la condición de cumplir la Ley 11/2018
El comunicado con el ICAC distingue una recomendación de formato y la normativa española aplicable. El número de empleados no debe leerse aislado del ámbito al que se refiere el texto.

La CNMV y el ICAC publicaron el 20 de octubre una nueva orientación sobre la información de sostenibilidad de 2026 mientras sigue pendiente la transposición española de la directiva CSRD y sus modificaciones. El comunicado recomienda a las entidades españolas sujetas a la Ley 11/2018 con más de 1.000 empleados informar conforme a las ESRS, para facilitar la comparación con otros emisores europeos.
El matiz práctico está en la condición que acompaña al formato: la CNMV admitirá informes bajo ESRS siempre que cumplan también con la Ley 11/2018. Para las demás entidades sujetas a esa ley, el texto recomienda valorar la conveniencia de aplicar ESRS o el estándar voluntario. No presenta una única instrucción idéntica para todas las empresas.
Ficha de trabajo propuesta: primera columna, por qué la entidad está dentro del ámbito de la norma española; segunda, qué alternativa de información está considerando; tercera, cómo documenta la comprobación de los requisitos aplicables. Empezar directamente por una plantilla puede ocultar la primera pregunta. Tampoco basta escribir un número de empleados sin identificar a qué entidad, ejercicio y supuesto se está aplicando.
La etiqueta de un estándar y la revisión del informe son cuestiones distintas. El comunicado aborda también recomendaciones para quienes verifican la información, pero no certifica por sí mismo el informe de una empresa concreta. Para preparar el siguiente ejercicio conviene guardar el documento fechado y revisar los cambios normativos posteriores antes de cerrar la elección. Aquí se explica el contenido de esa orientación; no se determina la obligación de una sociedad cuyos datos no se han examinado.